Por Helena Villamizar García-Herreros
El “Ámbito de aplicación” del TLC, es decir las materias, las políticas a las que se aplican los compromisos y obligaciones firmados, cobija todos los campos de la vida nacional.
Al iniciarse el actual gobierno algunas promesas o esguinces que se percibían frente a las políticas de su antecesor crearon cierto optimismo sobre un posible cambio de rumbo, entre ellos la posible renuncia al TLC con Estados Unidos y el fin de la “hazaña” privatizadora de Uribe. Cuán equivocada resultaría esta predicción. Graves amenazas sobre la soberanía nacional han revivido últimamente; no sólo el ímpetu privatizador se proyectó sobre Ecopetrol, sino que alcanzó a la educación pública en el Plan de desarrollo. Adicionalmente la reunión de los presidentes Santos y Obama el pasado 7 de abril reavivó la “confianza” sobre la aprobación del TLC a mediano plazo. Este “optimismo” evoca el cuento de la ranita que, al ver a su madre aplastada e incrustada en un camión en la carretera, gritaba: ¡bravo mami!, ¡no lo sueltes!
El 7 de abril tuvo lugar una masiva protesta estudiantil y ciudadana contra dichas políticas y especialmente contra la privatización de la educación, cuyas nocivas consecuencias el TLC profundizará. Como señala Abdón Espinosa la propuesta de “introducirles el lucro como incentivo y objetivo a los planteles públicos” es insólita e inquietante y nos recuerda que igual pretexto de ampliar la cobertura de la seguridad social se utilizó para su privatización: “So pretexto de vitalizarla financieramente, su finalidad esencial se subordina al incentivo del lucro. Detrás de la propuesta de marras se alcanzan a ver las orejas del fenecido Consenso de Washington precisamente cuando el director del FMI (…) acaba de declarar que ese instrumento ya es historia”. Espinosa revela cómo la educación, consagrada por la Constitución “como un derecho de la persona y un servicio público con la función social de buscar el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura”1/, el gobierno Santos privatizándola pretende convertirla en una mercancía, como se hizo con la salud y la seguridad social. “Dicho de otra manera, maximizar las ganancias en lugar de optimizar el servicio.”1/.
A nadie escapa el valor superlativo que una buena educación puede jugar en el desarrollo; pero la privatización la convierte en vulgar mercancía y en grave amenaza para la soberanía y el progreso nacional. ¿Formar profesionales críticos y creativos estará en las prioridades de corto plazo del lucro de los inversionistas? ¿Permitirán éstos cátedras que analicen políticas que puedan contrariar sus intereses?
Alertas
En el marco del TLC dicho proyecto mutilaría gravemente la política pública en educación, como de hecho ocurre en todos los campos. La comparación hecha por Abdón Espinosa entre la seguridad social y la educación adquiere gran pertinencia también en este campo. El “Ámbito de aplicación” del TLC, es decir las materias, las políticas a las que se aplican los compromisos y obligaciones firmados, cobija todos los campos de la vida nacional. Cualquiera pensaría que de dichas obligaciones y concesiones a los productores e inversionistas del exterior se excluyeron al menos aspectos tan vitales para el interés nacional como la seguridad social, la salud y la educación. Pues NO; El TLC explicita que si las actividades públicas en estos campos se desarrollan en competencia con el sector privado, las cobijan las obligaciones del Tratado; es decir, las políticas o prerrogativas que se aplican a entidades estatales prestadoras de estos servicios, deben extenderse a los inversionistas extranjeros o prestadores de servicios, cuyo móvil obviamente es el ánimo de lucro. Así se sepultó la soberanía en las políticas de seguridad social pues existen fondos de pensiones y cesantías privados, cuyos intereses el TLC privilegió sobre las aspiraciones de los colombianos. (Anexo 12.15.E y Anexo I -col-3). En educación igualmente el capítulo 11 contiene en su “Ámbito de aplicación” exactamente la misma condición: “Este Capítulo no aplica a los servicios suministrados en el ejercicio de facultades gubernamentales en el territorio de una Parte”. ¡Ah!; pero a renglón seguido aclara: “Un “servicio suministrado en el ejercicio de facultades gubernamentales” significa cualquier servicio no provisto sobre una base comercial ni en competencia con uno o más proveedores de servicio” (Art. 11.1.6).
Así, al incorporar capitales privados y el ánimo de lucro en la reforma educativa se borra de un tajo la naturaleza especial que tendría que tener la educación pública en Colombia. Evidentemente la inclusión de dichos recursos privados significaría que el servicio es suministrado “sobre un base comercial y además en competencia con otras instituciones privadas”. Dicha privatización anula ahora sí inequívocamente la esencia de “servicio suministrado en el ejercicio de facultades gubernamentales” que lo habría eximido de las obligaciones del Acuerdo. Un ejemplo es útil para entender las implicaciones. Según reconocidos analistas y rectores de universidades públicas, si éstas tuviesen que pagar su pasivo pensional se arruinarían. Al entrar el capital privado en la universidad pública a ésta le aplicarían las disposiciones del Tratado, una de las cuales es el principio de “Trato Nacional” según el cual no podría haber ningún trato preferencial o discriminatorio a favor de la universidad pública frente a los inversionistas o prestadores de este servicio estadounidenses. Y si el presupuesto público pagase sus pensiones, por “trato nacional” tendría que hacer lo mismo con dichos capitales privados en la educación superior. Previsiblemente el Estado no podría asumir el pasivo pensional de los entes privados y sin este aporte la universidad pública quebraría, y a la postre la educación superior quedaría en manos privadas. Ni el mejor ideólogo del “Consenso de Washington” habría podido prever semejante paraíso de perfección privatizadora.
1/ “Embeleco de la propuesta educativa”. El Tiempo 7/4/2011
Abril 10 de 2011.
El “Ámbito de aplicación” del TLC, es decir las materias, las políticas a las que se aplican los compromisos y obligaciones firmados, cobija todos los campos de la vida nacional.
Al iniciarse el actual gobierno algunas promesas o esguinces que se percibían frente a las políticas de su antecesor crearon cierto optimismo sobre un posible cambio de rumbo, entre ellos la posible renuncia al TLC con Estados Unidos y el fin de la “hazaña” privatizadora de Uribe. Cuán equivocada resultaría esta predicción. Graves amenazas sobre la soberanía nacional han revivido últimamente; no sólo el ímpetu privatizador se proyectó sobre Ecopetrol, sino que alcanzó a la educación pública en el Plan de desarrollo. Adicionalmente la reunión de los presidentes Santos y Obama el pasado 7 de abril reavivó la “confianza” sobre la aprobación del TLC a mediano plazo. Este “optimismo” evoca el cuento de la ranita que, al ver a su madre aplastada e incrustada en un camión en la carretera, gritaba: ¡bravo mami!, ¡no lo sueltes!
El 7 de abril tuvo lugar una masiva protesta estudiantil y ciudadana contra dichas políticas y especialmente contra la privatización de la educación, cuyas nocivas consecuencias el TLC profundizará. Como señala Abdón Espinosa la propuesta de “introducirles el lucro como incentivo y objetivo a los planteles públicos” es insólita e inquietante y nos recuerda que igual pretexto de ampliar la cobertura de la seguridad social se utilizó para su privatización: “So pretexto de vitalizarla financieramente, su finalidad esencial se subordina al incentivo del lucro. Detrás de la propuesta de marras se alcanzan a ver las orejas del fenecido Consenso de Washington precisamente cuando el director del FMI (…) acaba de declarar que ese instrumento ya es historia”. Espinosa revela cómo la educación, consagrada por la Constitución “como un derecho de la persona y un servicio público con la función social de buscar el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura”1/, el gobierno Santos privatizándola pretende convertirla en una mercancía, como se hizo con la salud y la seguridad social. “Dicho de otra manera, maximizar las ganancias en lugar de optimizar el servicio.”1/.
A nadie escapa el valor superlativo que una buena educación puede jugar en el desarrollo; pero la privatización la convierte en vulgar mercancía y en grave amenaza para la soberanía y el progreso nacional. ¿Formar profesionales críticos y creativos estará en las prioridades de corto plazo del lucro de los inversionistas? ¿Permitirán éstos cátedras que analicen políticas que puedan contrariar sus intereses?
Alertas
En el marco del TLC dicho proyecto mutilaría gravemente la política pública en educación, como de hecho ocurre en todos los campos. La comparación hecha por Abdón Espinosa entre la seguridad social y la educación adquiere gran pertinencia también en este campo. El “Ámbito de aplicación” del TLC, es decir las materias, las políticas a las que se aplican los compromisos y obligaciones firmados, cobija todos los campos de la vida nacional. Cualquiera pensaría que de dichas obligaciones y concesiones a los productores e inversionistas del exterior se excluyeron al menos aspectos tan vitales para el interés nacional como la seguridad social, la salud y la educación. Pues NO; El TLC explicita que si las actividades públicas en estos campos se desarrollan en competencia con el sector privado, las cobijan las obligaciones del Tratado; es decir, las políticas o prerrogativas que se aplican a entidades estatales prestadoras de estos servicios, deben extenderse a los inversionistas extranjeros o prestadores de servicios, cuyo móvil obviamente es el ánimo de lucro. Así se sepultó la soberanía en las políticas de seguridad social pues existen fondos de pensiones y cesantías privados, cuyos intereses el TLC privilegió sobre las aspiraciones de los colombianos. (Anexo 12.15.E y Anexo I -col-3). En educación igualmente el capítulo 11 contiene en su “Ámbito de aplicación” exactamente la misma condición: “Este Capítulo no aplica a los servicios suministrados en el ejercicio de facultades gubernamentales en el territorio de una Parte”. ¡Ah!; pero a renglón seguido aclara: “Un “servicio suministrado en el ejercicio de facultades gubernamentales” significa cualquier servicio no provisto sobre una base comercial ni en competencia con uno o más proveedores de servicio” (Art. 11.1.6).
Así, al incorporar capitales privados y el ánimo de lucro en la reforma educativa se borra de un tajo la naturaleza especial que tendría que tener la educación pública en Colombia. Evidentemente la inclusión de dichos recursos privados significaría que el servicio es suministrado “sobre un base comercial y además en competencia con otras instituciones privadas”. Dicha privatización anula ahora sí inequívocamente la esencia de “servicio suministrado en el ejercicio de facultades gubernamentales” que lo habría eximido de las obligaciones del Acuerdo. Un ejemplo es útil para entender las implicaciones. Según reconocidos analistas y rectores de universidades públicas, si éstas tuviesen que pagar su pasivo pensional se arruinarían. Al entrar el capital privado en la universidad pública a ésta le aplicarían las disposiciones del Tratado, una de las cuales es el principio de “Trato Nacional” según el cual no podría haber ningún trato preferencial o discriminatorio a favor de la universidad pública frente a los inversionistas o prestadores de este servicio estadounidenses. Y si el presupuesto público pagase sus pensiones, por “trato nacional” tendría que hacer lo mismo con dichos capitales privados en la educación superior. Previsiblemente el Estado no podría asumir el pasivo pensional de los entes privados y sin este aporte la universidad pública quebraría, y a la postre la educación superior quedaría en manos privadas. Ni el mejor ideólogo del “Consenso de Washington” habría podido prever semejante paraíso de perfección privatizadora.
1/ “Embeleco de la propuesta educativa”. El Tiempo 7/4/2011
Abril 10 de 2011.
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